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Página 4 (47) del DITE-11/0429, emitido el 14.03.2012
P900172
Traducción téc
nic
a
 realizada
p
or
I
 
BASES LEGALES Y CONDICIONES GENERALES
1
 
Este Documento de Idoneidad Técnica Europeo es emitido por SITAC de acuerdo con:
 
 
La Directiva del Consejo 89/106/CE del 21 diciembre de 1988 relativa a la
aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los
estados miembros sobre los productos de construcción
1
 modificada por la Directiva
del Consejo 93/68/CE
2
 y la Regulación (EC) Nº 1882/2003 del Parlamento Europeo
y el Consejo
3
;
 
 
Normas Comunes de Procedimiento para la Solicitud, Preparación y Concesión de
los Documentos de Idoneidad Técnica Europeos, descritas en el Anexo de la
Decisión de la Comisión 94/23/CE
4
;
 
 
Guía para el Documento de Idoneidad Técnica Europeo de Productos cortafuego y
de sellado contra el fuego: Guía DITE 026 Parte 1: “General” y Parte 2: “Sellado de
penetraciones”.
2
 
El SITAC está autorizado para comprobar si las disposiciones de este Documento de Idoneidad
Técnica Europeo se cumplen. La comprobación puede tener lugar en la planta(s) de fabricación.
Sin embargo, la responsabilidad de la conformidad de los productos con el Documento de
Idoneidad Técnica Europeo y de la idoneidad para su uso previsto corresponde al titular del
Documento de Idoneidad Técnica Europeo.
3
 
Este Documento de Idoneidad Técnica Europeo no puede ser transferido a otros fabricantes o
representantes de los mismos que aquellos que se indican en la página 1, o a otras plantas de
fabricación que aquellas establecidas en la página 1 de este Documento de Idoneidad Técnica
Europeo.
4
 
Este Documento de Idoneidad Técnica Europeo podrá ser retirado por el SITAC, en particular
con arreglo a información de la Comisión de acuerdo al Artículo 5(1) de la Directiva del Consejo
89/106/CE.
5
 
La reproducción de este Documento de Idoneidad Técnica Europeo, incluyendo su transmisión
por medios electrónicos, debe ser integral. Sin embargo, se puede realizar una reproducción
parcial con el consentimiento escrito del SITAC. En este caso, la reproducción parcial debe estar
designada como tal. Los textos y los dibujos de los folletos de propaganda no deben estar en
contradicción con el Documento de Idoneidad Técnica Europeo.
6
 
Este Documento de Idoneidad Técnica Europeo es emitido por organismo notificado en inglés.
Esta versión, que sirve de base para la presente traducción al castellano, se corresponde
totalmente con la versión utilizada en la circulación de la EOTA.
                                        
        
 
1
  
Diario Oficial de las Comunidades Europeas Nº L 40, 11.2.1989, p. 12
 
2
  
Diario Oficial de las Comunidades Europeas Nº L 220, 30.8.1993, p.
 1
 
3
  
Diario Oficial de la Unión Europea Nº L 284, 31.10.2003, p. 1
 
4
  
Diario Oficial de las Comunidades Europeas Nº L 17, 20.1.1994, p. 34